lunes, 22 de agosto de 2011

DETENCION

La detección de las ETS se inicia cuando cualquier persona de cualquier sexo entre 10 y 29 años entra en contacto con el prestador de servicios por cualquier motivo.
En estas personas, como parte de la anamnesis rutinaria, en el interrogatorio de antecedentes personales debe investigarse y establecerse su vulnerabilidad a las ETS.
Para efectos del procedimiento, la vulnerabilidad se establece cuando la persona tiene un comportamiento sexual de riesgo, según la definición previamente consignada.
Esto implica que el interrogatorio debe dirigirse específicamente a establecer si existe o no un comportamiento sexual de riesgo, se sugiere preguntar por ejemplo: ¿ha tenido relaciones sexuales ?, y en caso afirmativo ¿con qué planifica ?, para establecer la existencia de un comportamiento sexual de riesgo, a menos que esa relación no protegida haya sido con una persona de la cual se tiene certeza de que no tiene una ETS (por ejemplo, porque haya sido su primera relación sexual).
Si no existe un comportamiento sexual de riesgo se termina la detección, y se envía el paciente a la actividad grupal de educación para la prevención si no ha asistido durante el año.
Si existe un comportamiento sexual de riesgo, se determinará si hay síntomas como secreción uretral o ardor al orinar el hombre, o flujo, molestias al orinar o dolor vulvar o pélvico en la mujer, en caso de ser así, debe remitirse a consulta médica general para examen completo y tratamiento.
6.3 DIAGNOSTICO

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